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Daño moral y daño psicológico tras sufrir un suceso traumático

¿Que es el daño moral?

El daño moral es un término jurídico-legal definido en sentido amplio por Zannoni como “el menoscabo o lesión de intereses no patrimoniales provocado por el evento dañoso, es decir, por el hecho antijurídico”. O dicho con otras palabras la lesión a los sentimientos, al sufrimiento o al dolor que sufren las personas debidos a ataques hacia su prestigio y su honor. Por lo que el daño moral resultaría de atentar contra los derechos de la personalidad, aquellos bienes que integran el patrimonio moral de la persona. Este término legal no pertenece a la psicología, por lo que es raro que lo encontráramos en libros de psicología. Se trata de una competencia del Juez, y no del psicólogo forense, dictaminar la existencia o no de daño moral.

Según Carballal y colaboradores: “se entiende por daño moral o daño psíquico aquel que afecta a la víctima como consecuencia de haber experimentado una vivencia traumática que necesariamente no tiene porque acarrear consecuencias dolosas de carácter patrimonial o físicas (a la salud), afectando en mayor o en menor medida al desempeño de las actividades de la vida diaria (trabajo, relaciones sociales, ocio, relaciones familiares, etc) que pueden verse afectadas hasta el punto que el sujeto se vea en la obligación de abandonarlas debido a la incapacidad que experimenta para llevarlas a cabo con éxito”.

El daño psicológico

El daño psíquico o daño psicológico si que es un término de la psicología y se refiere tanto a las lesiones producidas por un acto violento, que en algunos casos pueden desaparecer con el paso del tiempo, el apoyo social o un tratamiento psicológico adecuado, como a las secuelas emocionales que se cronifican en la persona, como consecuencia del suceso violento y que interfieren negativamente en su vida cotidiana. En ambos casos el daño psíquico es la consecuencia de un suceso negativo que desborda la capacidad de afrontamiento y de adaptación de la víctima a la nueva situación.(Pynoos, Sorenson y Steinberg, 1993).

Otros autores, como el Dr. R. Martin Reich, Abogado y Licenciado en Psicología lo definen como aquel que se configura “mediante la perturbación profunda del equilibrio emocional de la víctima, que guarda adecuado nexo causal con el hecho dañoso y que entrañe una significativa descompensación que altere su integración en el medio social”.

También se ha dicho que implica “una perturbación patológica de la personalidad, que altera el equilibrio básico o agrava algún desequilibrio precedente del damnificado”, es decir, que agrava ciertos trastornos que ya se daban en la víctima antes del incidente. O que “..es la modificación patológica del aparato psíquico como consecuencia de un trauma que desborda toda posibilidad de su elaboración verbal o simbólica produciendo una modificación o alteración de la personalidad que se expresa a través de síntomas, inhibiciones, depresiones, bloqueos, actuaciones, etc…”.

“Los sucesos más traumáticos -las agresiones sexuales, los secuestros, la muerte de un ser querido, etc.- dejan, frecuentemente, huellas devastadoras y secuelas imborrables, a modo de cicatrices psicológicas, y hacen a las personas más vulnerables a los trastornos mentales y a las enfermedades psicosomáticas” (Echeburúa y Guerricaechevarría, 1999; Finkelhor, 1999).

El daño psíquico comprende tanto las enfermedades mentales como los desequilibrios pasajeros, sea como situación estable o bien accidental y transitoria que implica en todo caso una faceta morbosa, que perturba la normalidad del sujeto y trasciende en su vida individual y sus relaciones interpersonales. Dichas enfermedades mentales y desequilibrios pueden, o no, tener una base orgánica, ya que no es razón para descartar el trastorno psicológico el hecho de que el damnificado no haya quedado con secuelas físicas, debido a que la afección psíquica no está condicionada por las secuelas psíquicas sino por la vivencia personal.

Catex (1996), catedrático de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires afirma: “Hablaremos de daño psíquico cuando haya disfunción o disturbio en la esfera afectiva, intelectiva y volitiva que limite a la persona en su capacidad de goce individual, familiar, laboral, social y/o recreativa”.

Valoración de la posible existencia de daño psíquico

La valoración del daño psíquico es una demanda habitual dentro del Derecho Penal que se realiza al psicólogo forense. Con la valoración psico-legal del daño psíquico se facilita la calificación del hecho al Ministerio Fiscal, se facilita al juez el establecimiento de las indemnizaciones económicas, y puede ser tenido en cuenta para fundamentar hechos probados (Esbec,2000). Es importante no confundir este último aspecto de la valoración del daño psíquico para fundamentar hechos probados, con valoraciones sobre la credibilidad de la víctima, ya que dicha investigación está relacionada con la psicología del testimonio.

Para la valoración del daño psíquico el psicólogo forense utilizará diferentes categorías de indicadores que informan sobre la evidencia de un posible daño psicológico. Entre ellos encontramos indicadores depresivos, de ansiedad, los disociativos, los de alteración del pensamiento y la percepción, los de alteraciones en el control de impulsos que se manifiestan en la conducta, los de alteración en la calidad del vínculo interpersonal, y los de alteraciones en la autovaloración y el propósito de vida. Cada categoría se puede descomponer en diferentes categorías, por ejemplo dentro de los indicadores de depresión se encuentran el insomnio, el humor depresivo, la pérdida de vitalidad, resentimiento, etc.

A su vez se evaluará si cada uno de los indicadores estaban presentes antes del hecho traumático, inmediatamente después y durante un tiempo prolongado, y como se se está sintiendo la persona en la actualidad. Es de gran importancia la información sobre el estado de la persona antes del evento impactante, ya que nos informa de como se comportaba el individuo antes de la agresión y por lo tanto de como era su personalidad y como esta se ha visto influenciada por el daño sufrido.

Diferentes tipos de de daño psíquico

Dentro del daño psíquico Echebubúa, De Corral y Amor (2004) distinguen dos tipos:

  • La lesión psíquica; se refiere a una alteración clinicamente significativa que afecta en mayor o menor grado la adaptación de la persona a los distintos ámbitos de su vida (personal, social, familiar o laboral)
  • La secuela psíquica; se refiere a la estabilización, consolidación, y por lo tanto cronificación, de los desajustes producidos por la lesión psíquica. Para poder hablar de secuelas debe haber transcurrido un tiempo considerable desde la exposición al delito, ya que son los rasgos de desajuste personal que con el paso del tiempo dan lugar a dificultades de adaptación en el entorno de la víctima.

En cuanto al daño moral en los diferentes estados evolutivos de una víctima, señalar que no es lo mismo la valoración del daño psicológico en un adulto que en un niño, ya que en los niños el indicador psicológico con más peso es la revelación de los hechos, por lo tanto estaríamos ante una evaluación psicológica de la credibilidad del testimonio. Otros indicadores en niños serían compatibles con una experiencia traumática, pero inespecíficos, ya que pueden ser debidos a otros factores.

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